Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0894/2011-R
Fecha: 06-Jun-2011
II.6.
II.6. Por memorial de 3 de agosto de 2009, que cursa a fs. 23 y vta., Carlos José Molina Sánchez se apersonó ante el Director de Desarrollo Social de la Prefectura de Potosí, solicitando exhorte la emisión de un informe al Director Departamental de Educación de Potosí; y así también, anule el memorando de suspensión definitiva y se le restituya a sus funciones. En la misma fecha, se dirigió al SENASIR - regional Potosí, peticionando la extensión de fotocopia simple del informe de retensión de boleta de pago (fs. 24).
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.1.3. Petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Juez de garantías
- a)
- I.2.2. Informe de la autoridad demandada
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Marco legal aplicable al caso de autos
- III.2. Fundamentos de la tutela solicitada por el accionante
- conceder
- APROBAR