Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0899/2011-R
Fecha: 06-Jun-2011
II.2.
II.2. Radicado el recurso de apelación, en la Sala Penal Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba, señaló audiencia para el 23 de diciembre de 2009 a horas 10:25, que fue suspendida al no haber concurrido el abogado del imputado, fijando otra, para el 30 de diciembre del mismo año, actuado procesal que también fue suspendido por la inasistencia del Ministerio Público.
- I.1.1
- I.2.Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- a)
- 1)
- “improcedente”
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica y ámbito de protección de la acción de libertad
- se constituye en una garantía jurisdiccional esencial, pues su ámbito de protección ahora incorpora al derecho a la vida -
- El informalismo
- presentación oral
- Fragmento 15
- III.2..Sobre el deber del tribunal de alzada de circunscribirse exclusivamente a los aspectos impugnados por el apelante
- Sobre la valoración de la prueba por parte de los jueces y tribunales que ejercen el control jurisdiccional de la investigación en causas penales
- III.3. Análisis del caso concreto
- APROBAR