SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0948/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0948/2011-R

Fecha: 22-Jun-2011

i)

Por su parte, Patricia Zenteno Heredia, Fiscal de Materia, en audiencia, señaló lo siguiente: i) La detención preventiva fue ordenada por Resolución judicial y la acción de libertad debe declararse “improcedente” por cuanto el accionante debió plantear acción de amparo constitucional; y, ii) La aprehensión del accionante fue legal, porque existían indicios de ser autor del delito acusado, por lo que su actuación se ciñó al art. 226 del CPP., solicitando se declare “improcedente” la acción.