Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0950/2011-R
Fecha: 22-Jun-2011
APROBAR
El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción y competencia que le confiere el art. 3 de la Ley 040 de 1 de septiembre de 2010, que modifica el art. 4.I de la Ley 003 de 13 de febrero de 2010, en revisión, resuelve, APROBAR la Resolución de 13 de abril de 2010, cursante de fs. 52 a 53 vta., dictada por el Juez Primero de Instrucción en lo Penal del Distrito Judicial de Chuquisaca; en consecuencia; DENEGAR la tutela solicitada en los términos expuestos, con la aclaración que no se ingreso al análisis de fondo de la problemática planteada.
- acción de libertad,
- I.1.1. Hechos que la motivan
- 1)
- “improcedente”
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Procesamiento indebido y su tutela a través de la acción de libertad
- En lo que respecta al procesamiento indebido
- III.2. Análisis del caso concreto
- el acto denunciado de ilegal no es la causa directa de la amenaza al derecho a la libertad del representado del accionante
- APROBAR