Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0953/2011-R
Fecha: 22-Jun-2011
II.6.
II.6. Jaime Mamani Portillo, el 29 de marzo de 2010, solicitó a la Jueza Quinta de Instrucción en lo Penal se señale audiencia para considerar la cesación de la detención preventiva, ya que debido a la recusación presentada por la parte querellante, quedó pendiente la efectivización de dicho actuado, fijada para ese día a horas 15:00 (fs. 53).
- I.1.1. Hechos que la motivan
- a)
- 1)
- “improcedente”
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La cesación de la detención preventiva y su relación con el derecho a la libertad física
- 19 de marzo de 2010
- no reclamó de ilegal dicha Resolución judicial
- APROBAR