SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0955/2011-R
Fecha: 22-Jun-2011
Fragmento 2
La autoridad demandada Franz Mancilla Gutiérrez, Director del Centro Penitenciario de “San Roque” de la ciudad de Sucre, mediante informe oral presentado en audiencia, señaló: a) Realizada la verificación pertinente, conforme lo dispone el propio mandamiento de libertad, se pudo establecer que el accionante, además de otros, tendría procesos penales pendientes en la ciudad de El Alto, por lo que en su condición de autoridad estaría únicamente cumpliendo con la Ley de Ejecución Penal y Supervisión; y, b) En ese momento se estaban realizando los trámites correspondientes para el traslado del accionante a la ciudad de La Paz, situación que fue requerida por el Director Nacional del Régimen Penitenciario.
- I.1.1. Hechos que la motivan
- Fragmento 2
- “procedente”
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. El deber del Director del Centro Penitenciario al momento de tener conocimiento del mandamiento de libertad
- los encargados de las prisiones a momento de recibir un mandamiento de libertad emanado de autoridad competente, están obligados a su cumplimiento inmediato, para no vulnerar los derechos y garantías del detenido; empero, deberán analizar también, de manera inmediata y sin que ello origine una demora indebida: a) Si existen o no otros mandamientos contra el imputado; y, b) Determinar si el mandamiento de libertad presentado es auténtico, para lo cual deberán solicitar sin dilación alguna la información pertinente y revisar previamente los registros antes de dar curso al mismo.
- III.2. Análisis del caso concreto
- autoridad demandada, que cumpliendo con su labor de verificación sobre la existencia de otras órdenes de detención, estableció que contra el accionante existía otro proceso penal (caso Brinks), en la ciudad de El Alto, donde el Juez Cuarto de Instrucción en lo Penal de El Alto del Distrito Judicial de La Paz, dispuso su detención preventiva, negando posteriormente su cesación, y donde se