Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0960/2011-R
Fecha: 22-Jun-2011
II.4.
II.4. Memorial de 23 de diciembre de 2009 (fs. 36 a 40), presentado por Jorge Gutiérrez Roque, dentro de la denuncia formulada por Carlos Fiorilo Cruz, por el que solicita al Juez Sexto de Instrucción en lo Penal de la ciudad de La Paz, el cese de la persecución penal a su favor, petición que es resuelta favorablemente por existir doble investigación disponiendo el archivo de obrados (fs. 41), decisión que fue puesta en conocimiento de los Fiscales, Mirna Arancibia Belaunde, Patricia Bohórquez, Carmen Rosa Encinas, Weimar Guzmán Mendoza y Sussel Márquez, mediante memorial de 6 de enero de 2010 (fs. 46).
- acción de libertad,
- I.1.1. Hechos que la motivan
- 1)
- a)
- “improcedente”
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Alcances de la tutela al debido proceso a través de la acción de libertad y procesamiento ilegal o indebido
- en cuanto al debido proceso se refiere, no abarca a todas las formas en que el mismo puede ser infringido, sino sólo a aquellos supuestos en los que está directamente vinculado al derecho a la libertad personal o de locomoción;
- siempre y cuando se presenten en forma concurrente los dos supuestos reconocidos por la jurisprudencia constitucional
- únicamente en el supuesto doble procesamiento
- APROBAR