SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0969/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0969/2011-R

Fecha: 22-Jun-2011

denegó

Concluida la audiencia, el Juez Primero de Sentencia del Distrito Judicial de Beni, constituido en Juez de garantías, a través de la Resolución 01/10 de 18 de marzo de 2010, cursante de fs. 61 a 62, denegó la tutela solicitada, manteniendo firme la orden emitida por los Fiscales demandados, de aprehensión del accionante en la carceleta de la Fuerza Especial de Lucha contra el Crimen (FELCC), mientras su salud sea restablecida; de acuerdo a los siguientes fundamentos: 1) Ninguna de las excusas realizadas por los diferentes jueces se declaró ilegal, por tanto, no puede atribuirse al Poder Judicial el hecho de que la aprehensión del accionante sobrepase las veinticuatro horas que dispone el art. 226 del Código adjetivo penal, por cuanto el art. 316 del mismo cuerpo jurídico, permite a la autoridad jurisdiccional excusarse cuando exista alguna causal; y, 2) Una vez que la imputación formal radicó en el Juzgado Tercero de Instrucción en lo Civil, conforme a procedimiento y dentro de las veinticuatro horas, su titular señaló audiencia para considerar lo que reclama hoy el accionante, la misma que resolverá el Juez cautelar; por cuanto sólo se activa esta acción extraordinaria, en caso que la supuesta lesión no haya sido reparada por los órganos competentes de la jurisdicción ordinaria; en consecuencia, no es posible analizar la actuación del accionante, porque no agotó la vía pertinente.