Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0969/2011-R
Fecha: 22-Jun-2011
II.2.
II.2. Por certificado médico forense de 16 de marzo de 2010, se afirma que el accionante no tiene patología hipertensiva ni arritmia cardiaca -como indican los certificados médicos que presentó-; por lo cual, recomienda la realización de un electrocardiograma que no necesita internación, afirmando que el diagnóstico de hernia salió positivo, estado que necesita cirugía y prohibición de hacer esfuerzos físicos (fs. 17 a 18).
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.2. Audiencia y Resolución del Juez de garantías
- a)
- i)
- 1)
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Alcance y finalidad de la acción de libertad
- Fragmento 14
- III.2. En cuanto a la aplicación del art. 226 del CPP y el caso concreto
- APROBAR