SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0985/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0985/2011-R

Fecha: 22-Jun-2011

a)

El accionante a través de sus abogados, ratificó los fundamentos de la demanda, y añadiendo manifestó que: a) El demandado Fiscal de Materia, Vladimir Lazcano Barrancos, ha dispuesto la detención del accionante, según la versión del policía Campos, omitiendo los arts. 115, 116, 117 de la Constitución Política del Estado (CPE); b) Posteriormente, sin previa citación fue conducido ante la Fiscal, Carla Rivera Taboada, para que preste su declaración informativa por el presunto delito de obstrucción a la justicia, previsto en el art. 32 de la Ley 04/2010 y desacato, tipificado en el art. 162 del Código Penal (CP); declaración que presentan en calidad de prueba, demostrándose así, que fue detenido sin ningún mandamiento de aprehensión; c) Recién en la presente audiencia, lo notifican con una imputación formal por el presunto delito de obstrucción a la justicia, y desacato, lo que demuestra que el accionante hasta el momento ha sido detenido ilegalmente; y, d) Jamás se trató de mellar la dignidad del Fiscal demandado, quien salía de una audiencia de medida cautelar, siendo falso que el accionante le amenazó diciendo “que un día el iba a pagar”. Toda vez que no existe ningún interés, el delito por el que fue acusado de obstaculización de la justicia no es el correcto, siendo que si se le quisiera procesar, deberían hacerlo por delito de calumnia o difamación, que son delitos de carácter privado.