SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1057/2011-R
Fecha: 01-Jul-2011
III.8.1.En cuanto al auto de apertura del sumario
III.8.1.En cuanto al auto de apertura del sumario de 30 de julio de 2007, de acuerdo a la jurisprudencia citada, el mismo debe ser impugnado en el primer acto del proceso por el accionante, lo que no ocurre en el presente caso, siendo que en lugar de ello Juan Calizaya Dorado, presta su declaración informativa sin realizar ninguna observación, ni impugnación del Auto de apertura de 30 de julio del citado año, y así mismo, es necesario establecer que el accionante no pide la nulidad del citado auto de apertura en el recurso de revocatoria, ni en el recurso jerárquico, no permitiendo con dicho actuar que las autoridades del proceso administrativo, se pronuncien al respecto, por esto el Tribunal Constitucional está impedido de pronunciarse sobre un aspecto que se pretende reclamar, directamente en la acción de amparo constitucional, sin haber solicitado la nulidad del referido Auto ante las autoridades que conocieron el proceso administrativo interno, debiendo aplicarse la subsidiariedad del recurso de amparo constitucional en relación a la nulidad de ese Auto.
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.1.3. Petitorio
- a)
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III.1. El debido proceso y su triple dimensión
- La importancia del debido proceso está ligada a la búsqueda del orden justo
- derecho a la defensa material y técnica
- Así configurado, es preciso recordar que el derecho y garantía genérica del debido proceso no se restringe en su aplicación al ámbito jurisdiccional solamente, sino que es extensiva a cualquier procedimiento en el que deba determinarse una responsabilidad
- III.2. La garantía del debido proceso
- SC 0119/2003-R
- III.4. La no valoración de la prueba
- III.5. La falta de fundamentación de las resoluciones y el principio de congruencia
- III.6. Las resoluciones de apertura de sumario administrativo deben ser impugnadas en el primer acto del procedimiento
- III.7. La subsidiariedad en la acción amparo constitucional
- III.8.1.En cuanto al auto de apertura del sumario
- III.8.2.
- III.8.3.
- conceder
- 1º
- 2º
- 3º