SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1057/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1057/2011-R

Fecha: 01-Jul-2011

III.8.2.

III.8.2.En cuanto a la valoración de la prueba no se evidencia que se hubiera valorado de manera irrazonable la prueba o que se hubiera omitido arbitrariamente la misma, por lo cual el Tribunal Constitucional no puede ingresar a la valorar la prueba atribución que corresponde a las autoridades de la justicia ordinaria sean judiciales o administrativas