AUTO CONSTITUCIONAL 0024/2012-RCA-SL
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0024/2012-RCA-SL

Fecha: 17-Ago-2011

II.4.  Análisis del caso concreto

De los antecedentes aparejados al expediente y de los argumentos expuestos en el memorial de demanda, se evidencia que mediante Resolución 06/2010, el Juzgado Segundo de Partido en lo Penal Liquidador determinó la regulación de honorarios del perito dirimidor -que a criterio del accionante- estaría por debajo del arancel fijado para el trabajo de peritaje, misma que fue confirmada mediante Resolución 13/2010 pronunciada por la Sala Penal Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, ante el recurso de apelación interpuesto por el accionante.