AUTO CONSTITUCIONAL 0221/2011-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0221/2011-RCA

Fecha: 01-Ago-2011

II.3.1. En cuanto a los requisitos de forma, previstos en el

II.3.1. En cuanto a los requisitos de forma, previstos en el art. 97.I, II y V de la LTC, es preciso puntualizar que el accionante cumplió los mismos, puesto que: i) Acreditó su personería; ii) Identificó como autoridades demandadas a Ramiro Aguilera Neueschawander, Director General del Servicio Civil y Marco Antonio Solares Castillo, Juez Sumariante de la Aduana Nacional de Bolivia, señalando los domicilios de los mismos (fs. 152 vta.); y, iii) Adjuntó a la demanda las Resoluciones originales relativas al proceso sumario instaurado en su contra; es decir, toda la prueba en la que funda su pretensión.