Sentencia: 0560/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

Sentencia: 0560/2011-R

Fecha: 15-Ago-2011

2.2.  Sobre la acción de libertad contra hospitales o clínicas públicas o privadas

La jurisprudencia de este Tribunal Constitucional en un principio estableció que el recurso de hábeas corpus no podía ser planteado en contra de particulares -SSCC 0459/2001-R y 1239/2001-R-; sin embargo, dicha posición fue modificada mediante la SC 1304/2002-R de 28 de octubre, que textualmente señaló que:

“(…) nuestro ordenamiento jurídico no tiene inserta ninguna disposición que faculte a una autoridad que dirija un centro hospitalario a retener a un paciente por no cubrir los gastos que ha demandado su curación, al contrario, existen normas expresas que prohíben la detención o la privación de la libertad física por obligaciones patrimoniales, tales como los arts. 7.7. de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, 6 LAPACOP y 1466 CC”.

“(…) tanto los centros hospitalarios públicos como privados, lesionan el derecho a la libertad individual y de locomoción de los pacientes dados de alta o en su caso de aquellos que se nieguen a dar la alta, cuando con la retención -en sus instalaciones- pretenden coaccionar el pago de la deuda por cuentas de tratamiento médico e internación; en cuyo caso, corresponde conceder la tutela que brinda el art. 125 de la CPE, que está destinada a proteger a toda persona que se creyere ilegalmente restringida o suprimida de su libertad personal y de locomoción, a consecuencia de actos de los funcionarios públicos y/o de personas particulares”.