SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1079/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1079/2011-R

Fecha: 16-Ago-2011

“procedente en parte”

El Juez Tercero de Sentencia del Distrito Judicial de La Paz, constituido en Juez de garantías, pronunció la Resolución 09/2009 de 4 de septiembre, cursante de fs. 58 a 61, por la que declaró “procedente en parte” la acción de libertad, con el siguiente fundamento: a) En el caso de autos, el motivo del mandamiento de aprehensión, se sustenta en la aplicación de los arts. 224 y 226 del CPP; sin embargo, no se advierte la existencia de una citación de incumplimiento emitida por el Fiscal demandado, que haya dado lugar a tal disposición, más aún si se considera que anteriormente el imputado presentó su declaración informativa; y, b) El art. 226 del CPP, faculta al fiscal expedir mandamiento de aprehensión en delitos cuya pena mínima sea de dos años, en el caso concreto ello no ocurre, pues el delito de estafa esta sancionado con la pena privativa de libertad de uno a cinco años, aspecto que fue ignorado; asimismo, declaró improcedente con relación al Fiscal de Materia Lisandro Álvarez, con el argumento de que, el mismo no tuvo participación alguna, no obstante de haber sido designado por el Fiscal de Distrito; además, el funcionario Policial codemandado, sólo se limitó a dar cumplimiento a la orden emanada por el Fiscal del Distrito de Tarija.