Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1085/2011-R
Fecha: 16-Ago-2011
III.1. Aplicación de la subsidiariedad excepcional de la acción de libertad ante la existencia de medios y/o mecanismos idóneos para reparar supuestas lesiones al debido proceso
Este Tribunal ha sentado amplia y reiterada jurisprudencia vinculante en la que ha establecido que mientras existan recursos o medios de defensa a ser utilizados por quien estimare vulnerados sus derechos y garantías tutelados por esta acción de defensa, éstos deben ser utilizados previamente antes de interponer acción de libertad, y sólo una vez agotados, recién pueden activar la jurisdicción constitucional.
- acción de libertad,
- I.1.1. Hechos que la motivan
- a)
- “improcedente”
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Aplicación de la subsidiariedad excepcional de la acción de libertad ante la existencia de medios y/o mecanismos idóneos para reparar supuestas lesiones al debido proceso
- SC 0008/2010-R de 6 de abril
- SC 0395/2011-R de 7 de abril
- SC 0462/2010-R
- III.2.Análisis del caso concreto
- el accionante pretende que por vía de la acción de libertad se resuelva la extinción de la acción penal por duración máxima de la etapa preparatoria planteada ante la autoridad demandada, situación que no corresponde
- providencia
- APROBAR