SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1085/2011-R
Fecha: 16-Ago-2011
III.2.Análisis del caso concreto
De la revisión de los antecedentes del caso, se establece que el accionante por su representando denuncia que estuviese detenido preventivamente por orden del Juez demandado desde el 26 de julio de 2007, habiendo transcurrido superabundantemente el plazo establecido para la etapa preparatoria; es decir, se encontraría detenido por más de dos años y seis meses hasta la interposición de la presente acción tutelar, habiendo solicitado por ello la cesación de la detención preventiva y la extinción de la acción penal, providenciando dicha autoridad: “…informe al fiscal…”(sic), siendo que la ley indica que deberá conminar al Fiscal de Distrito para que en el plazo de cinco días presente la acusación o los actos conclusivos correspondientes.
- acción de libertad,
- I.1.1. Hechos que la motivan
- a)
- “improcedente”
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Aplicación de la subsidiariedad excepcional de la acción de libertad ante la existencia de medios y/o mecanismos idóneos para reparar supuestas lesiones al debido proceso
- SC 0008/2010-R de 6 de abril
- SC 0395/2011-R de 7 de abril
- SC 0462/2010-R
- III.2.Análisis del caso concreto
- el accionante pretende que por vía de la acción de libertad se resuelva la extinción de la acción penal por duración máxima de la etapa preparatoria planteada ante la autoridad demandada, situación que no corresponde
- providencia
- APROBAR