SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1099/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1099/2011-R

Fecha: 16-Ago-2011

a)

Los accionantes solicitan: a) Se disponga el cese de la persecución ilegal y procesamiento indebido contra su representado; b) El restablecimiento de las formalidades legales dejando sin efecto el requerimiento fiscal de 26 de mayo de 2009, anulando obrados hasta la presentación de la ilegal denuncia; c) Ante la existencia de otro proceso civil, se remita a conocimiento del Juez competente; y, d) Sea con costas.

Bajo ese mismo entendimiento, la jurisprudencia constitucional a través de la SC 1030/2010-R de 23 de agosto, señaló que: “…en la SC 0619/2005-R de 7 de junio, (…): '…a partir de la doctrina constitucional sentada en la SC 1865/2004-R de 1 de diciembre, para que la garantía de la libertad personal o de locomoción pueda ejercerse mediante el recurso de hábeas corpus cuando se denuncia procesamiento ilegal o indebido deben presentarse, en forma concurrente, los siguientes presupuestos: a) el acto lesivo, entendido como los actos ilegales, las omisiones indebidas o las amenazas de la autoridad pública, denunciados, deben estar vinculados con la libertad por operar como causa directa para su restricción o supresión; y, b) debe existir absoluto estado de indefensión, es decir, que el recurrente no tuvo la oportunidad de impugnar los supuestos actos lesivos dentro del proceso y que recién tuvo conocimiento del mismo al momento de la persecución o la privación de la libertad… “ (las negrillas fueron añadidas).