SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1109/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1109/2011-R

Fecha: 16-Ago-2011

I.1.1

Dentro de la querella presentada en su contra por Julio César Quiroga Miranda, Luis Eduardo Viveros Huayllas y Ángel Rosado Cuéllar, por la presunta comisión de los delitos de conducción peligrosa, resistencia y desobediencia a la autoridad e impedir o estorbar el ejercicio de funciones; posteriormente en la audiencia de consideración de medidas cautelares, el representante del Ministerio Público ratificó la imputación, solicitando la aplicación de medidas sustitutivas a la detención preventiva, oportunidad en la cual, se presentó el acuerdo transaccional suscrito con las víctimas y el desistimiento de éstas a la acción penal. Sin embargo, no obstante de ello, la Jueza cautelar mediante Auto de 23 de abril de 2010, ordenó como medida cautelar de carácter personal la detención preventiva de los hoy accionantes, con el fundamento de ser éstos los autores de los ilícitos imputados y que concurren los requisitos que hacen procedente dicha medida, por no haber demostrado tener familia constituida, domicilio o trabajo conocido, sin tener presente que lo extrañado cursa en la imputación formal.

Refieren que la autoridad jurisdiccional demandada, suprimió y restringió el ejercicio de sus derechos fundamentales a la libertad, de la garantía al debido proceso y a la presunción de inocencia, por cuanto no consideró que la privación de libertad no fue solicitada por el Fiscal, y que la detención preventiva, no procede por los delitos que se les imputa,  ya que las penas no exceden de dos años; circunstancia por la cual, el Ministerio Público, actuando con objetividad solicitó medidas sustitutivas en lugar de su detención preventiva.