SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1109/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1109/2011-R

Fecha: 16-Ago-2011

“improcedente”

El Juez Primero de Partido y Sentencia de Camiri del Distrito Judicial de Santa Cruz, constituido en Juez de garantías, mediante Resolución 01 de 27 de abril de 2010, cursante de fs. 35 a  37, declaró “improcedente” la acción de libertad, con los siguientes fundamentos: i) El Código de Procedimiento Penal,  prevé el recurso de apelación contra las resoluciones que dispongan, modifiquen o rechacen las medidas cautelares, el cual es un medio sumario, pronto y efectivo; y, ii) Se evidencia que los accionantes pretenden impugnar supuestos actos ilegales lesivos a su derecho a la libertad, cuando pudieron hacerlo previamente ante la autoridad judicial , mediante el recurso instituido por el art. 251 del CPP, pero no lo hicieron, circunstancia que hace inviable la presente acción, al encontrarse incuestionablemente entre los supuestos en que opera de manera excepcional el carácter subsidiario de la acción de libertad, por cuya razón se impide el análisis de fondo del recurso.