SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1132/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1132/2011-R

Fecha: 19-Ago-2011

a)

María José Rodríguez Gálvez, Directora de la Brigada de Protección a la Familia, mediante su abogado en audiencia señaló: a) El 2 de mayo de 2009, a horas 16:00 después de recibir la denuncia telefónica sobre violencia familiar, por parte de la esposa del accionante, los policías de la Brigada se constituyeron en su domicilio particular, a quien la encontraron ensangrentada, agresión que fue protagonizado por su esposo, quién se dio a la fuga; y, b) Después de ser auxiliada por los policías, presentó su denuncia ante la Brigada de Protección a la Familia; posteriormente, cerca a las 23:40 del mismo día, Radio Patrullas 110 recibió otra llamada telefónica pidiendo auxilio por parte de la esposa del accionante y de conformidad al art. 8 de la Ley Contra la Violencia en la Familia o Doméstica (LCVFD), ante la seguridad de la víctima y la flagrancia, ingresaron a su domicilio particular donde se encontró a su esposo en estado de ebriedad y conduciéndolo luego a dependencias de la Brigada, el mismo que fue pasado a conocimiento del Juez Instructor de Familia.