Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1142/2011-R
Fecha: 19-Ago-2011
I.2.1. Ampliación de la acción
El abogado del accionante, amplió los argumentos de su demanda, argumentando que la remisión de su causa desde el Tribunal Segundo de Sentencia fue irregular, supuestamente las autoridades demandadas remitieron el expediente el 26 de mayo, habiéndolo recibido “Demandas Nuevas” el 31 del citado mes, dependencia que mandó al Tribunal Tercero de Sentencia, cuyo Juez habría radicado el proceso en la misma fecha en la que lo recibió; es decir el 2 de junio a horas 17:10, rapidez que obedece al hecho de querer “salvar al Tribunal Segundo”.
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.2. Audiencia y Resolución del Juez de garantías
- I.2.1. Ampliación de la acción
- a)
- concedió
- i)
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Alcance y finalidad de la acción de libertad
- III.2. El principio de celeridad procesal para el señalamiento de audiencia de consideración de la cesación de detención preventiva
- b)
- III.3. Análisis de la problemática planteada
- APROBAR