Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1173/2011-R
Fecha: 29-Ago-2011
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
Ordenada la cesación de su detención preventiva, bajo medidas sustitutivas entre ellas la presentación de dos garantes personales, a momento de solicitar que sean recibidos, la Jueza demandada, rechazó su petición aduciendo pérdida de competencia y tampoco remitió el cuaderno procesal al Juzgado de turno, dada la vacación judicial, provocando su detención indebida. En consecuencia, corresponde dilucidar si tales extremos son evidentes y si constituyen actos ilegales lesivos a los derechos de la accionante, a fin de conceder o denegar la tutela solicitada.
- I.1.1. Hechos que la motivan
- a)
- “improcedente”
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- solicitará que se guarde tutela a su vida, cese la persecución indebida, se restablezcan las formalidades legales o se restituya su derecho a la libertad
- III.2. Protección de la acción de libertad cuando se alegue vulneración al debido proceso
- a) El acto lesivo, entendido como los actos ilegales, las omisiones indebidas o las amenazas de la autoridad pública, denunciados, deben estar vinculados con la libertad por operar como causa directa para su restricción o supresión; y, b) Debe existir absoluto estado de indefensión, es decir, que el recurrente no tuvo la oportunidad de impugnar los supuestos actos lesivos dentro del proceso y que recién tuvo conocimiento del mismo al momento de la persecución o la privación de la libertad
- III.3.1.
- III.3.2.
- III.3.3.
- APROBAR