AUTO CONSTITUCIONAL 0276/2011-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0276/2011-RCA

Fecha: 22-Sep-2011

Fragmento 10

        En el caso de autos, constatada la inexistencia de motivos que den lugar a la improcedencia de esta acción, corresponde ingresar a verificar los requisitos de admisibilidad previstos en el art. 97 de la LTC; en ese sentido, de los antecedentes aparejados al expediente y del contenido del memorial de demanda de amparo constitucional se constata que la accionante cumplió con los requisitos de contenido y de forma establecidos en el precepto legal indicado.