SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1188/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1188/2011-R

Fecha: 06-Sep-2011

Fragmento 20

         En ese marco, al advertirse que la privación de libertad supuestamente ilegal de la que fue objeto el representado del accionante, así como la apertura de investigación sin que hubiere existido ningún hecho delictivo menos denuncia en su contra, fueron denunciados directamente mediante la presente garantía jurisdiccional; omitiendo el rol, las atribuciones y la finalidad que cumple el juez ordinario penal, obviando el medio legal, eficaz y oportuno que tenía expedito y que no utilizó, corresponde denegar la tutela que pide directamente a través de esta acción, que por su naturaleza no opera como un mecanismo subsidiario en la protección de los derechos que tutela, situación que impide realizar el análisis de fondo de la problemática planteada.