Juristeca
Juristeca País
    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1214/2011-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1214/2011-R

    Fecha: 13-Sep-2011

    Error al cargar el documento

    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • I.1.1.Hechos que la motivan
    • I.2.1. Ampliación de la acción
    • I.2.2.Informe de la autoridad demandada y de la representación del Ministerio Público
    • concedió
    • I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
    • II.4.
    • II.5.
    • II.6.
    • II.7
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1. Los supuestos de subsidiariedad excepcional de la acción de libertad, establecidos por la jurisprudencia constitucional
    • I
    • II
    • III
    • no será posible acudir a esta acción, cuando el ordenamiento jurídico prevea otros medios de impugnación específicos, idóneos y efectivos para restituir el derecho a la libertad física o personal, en forma inmediata
    • por ello, toda persona relacionada a una investigación, que considere la existencia de una acción u omisión que vulnera sus derechos y garantías, debe acudir ante esa autoridad
    • al juez no le está permitido convalidar los actos en los que se vulneraron esos derechos; al contrario, tiene el deber
    • 1) Legalidad formal de la aprehensión
    • 2) Legalidad material de la aprehensión
    • situaciones que no se presentan en el control que efectúa el juez cautelar respecto a la aprehensión ordenadas y ejecutadas por las autoridades fiscales o policiales, respectivamente, pues el juzgador se limita a declarar la legalidad o ilegalidad de la aprehensión
    • III.2.De los fines instrumentales de la declaratoria de rebeldía y el respectivo mandamiento de aprehensión
    • III.3. La denegatoria de la acción de libertad en los casos en los que se activa la jurisdicción ordinaria para reparar la ilegalidad denunciada
    • los actos en los que incurrieron las autoridades recurridas a tiempo de aprehender al recurrente, invocados en este recurso como lesivos a su derecho a la libertad no pueden ser objeto de un nuevo análisis
    • III.4. Análisis del caso concreto
    • REVOCAR

    Síguenos en

    Políticas de eliminación | Políticas de privacidad

    © 2026 Juristeca