Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1226/2011-R
Fecha: 13-Sep-2011
II.1.
II.1. De la demanda de acción de libertad y lo expuesto en audiencia por las partes se ha establecido, que el accionante busca la nulidad de actuados procesales dentro el proceso penal seguido y ampliado contra el representado del accionante, alegando como derechos vulnerados, el derecho a la defensa, a la libertad y fundamentalmente el derecho a un debido proceso, señalando como fundamento primordial, la falta de citación e irregularidades con los actos de comunicación con todo lo actuado dentro el proceso penal (101 a 104 vta., 109 a 112 vta.).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que la motivan
- 1)
- a)
- "improcedente"
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.1. La acción de libertad y el debido proceso
- se podrá acudir ante la jurisdicción constitucional a través del recurso de amparo constitucional, que, como se ha señalado, es el recurso idóneo para precautelar las lesiones a la garantía del debido proceso;
- se encuentre ilegal o indebidamente perseguida, procesada o privada de libertad personal
- APROBAR