SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1230/2011-R
Fecha: 13-Sep-2011
II.10.
II.10. El 15 de diciembre de 2008, se llevó adelante la “quinta” sesión extraordinaria en el salón de sesiones de la Sub Alcaldía de Villa Vilaque Distrito 2 de Pucarani, en la que se desarrolló la moción constructiva de censura contra el Alcalde, habiendo obtenido por votación la aprobación de la censura en la totalidad de los miembros del Concejo Municipal de Pucarani; conformado por Gregorio Mamani Canaza, Edwin Huampu Espinoza, Eusebio Lecoña Choque., Nicolasa Cruz Quispe, Rufina Zerna Flores, Víctor Callisaya Callisaya y Virginia Uscamayta Ticonipa; siendo elegido como nuevo Alcalde Municipal de Pucarani, Gregorio Mamani Canaza, quien prestó juramento a su cargo en la misma oportunidad, emitiéndose al efecto la RM 63/2008 de 15 de diciembre. Asimismo, en la misma fecha fue emitida la RM 62/2008, aceptando la renuncia de Gregorio Mamani al cargo de Presidente del Concejo Municipal y recomponiendo la directiva de ese órgano deliberante (fs. 67 a 72).
- acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que la motivan
- “conceda”
- 1)
- i)
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- III.1.
- III.2. Agotamiento de la vía de reclamo en el ámbito municipal a través del recurso de reconsideración
- III.3. Análisis de la problemática planteada
- APROBAR