Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1243/2011-R
Fecha: 16-Sep-2011
II.3.
II.3. El 23 de julio de 2010, el accionante presentó memorial ante el Juez Sumariante codemandado, impetrando su libertad inmediata al no haberse enmarcado su arresto a lo establecido en el Código de Procedimiento Penal Militar ni en la Ley Fundamental, por no configurarse un supuesto estado de flagrancia (fs. 2).
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.2.1. Ratificación de la acción
- “procedente”
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 9
- III.1.Naturaleza jurídica, alcances y ámbito de protección de la acción de libertad: Su triple carácter tutelar
- IV.
- Todas las personas privadas de libertad tienen derecho a comunicarse libremente con su defensor, intérprete, familiares y personas allegadas. Se prohíbe la incomunicación
- Fragmento 13
- III.3. Análisis del caso concreto y si amerita la tutela constitucional
- Fragmento 15
- ordenar la tutela
- APROBAR