Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1254/2011-R
Fecha: 16-Sep-2011
II.2.
II.2. A fs. 28, 55, 101, 143, 174, 207 y 245, respectivamente, cursan los recursos indirectos o incidentales de inconstitucionalidad, promovidos por el contribuyente ahora accionante, demandando la inconstitucionalidad del art. 40 del DS 27310, capítulos I, II, III y IV de la Resolución Normativa de Directorio 10.0037.07, mediante el cual la administración tributaria estaría actuando en contra el principio de reserva legal descrita en el art. 6.6 del Código Tributario, reglamentando para sí misma, mediante una simple resolución, la facultad de tipificar conductas como ilícitas y aplicar sanciones, lo que significa que todas sus actuaciones las estarían efectuando como legisladores.
- acción de amparo constitucional
- (OVI´s)
- (RD´s)
- a)
- 1)
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza del recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad
- III.2. Efectos de las Resoluciones dictadas en incidentes de inconstitucionalidad promovidos ante autoridad judicial o administrativa
- La admisión del recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad no suspenderá la tramitación del proceso, el mismo que continuará hasta el estado de pronunciarse sentencia o resolución final que corresponda, mientras se pronuncie el Tribunal Constitucional`
- Fragmento 16
- derecho al debido proceso
- III.4 Análisis del caso
- APROBAR