SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1265/2011-R
Fecha: 16-Sep-2011
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante manifiesta por su representado que, la Jueza demandada vulneró los derechos de éste a la libertad, seguridad jurídica, personalidad y el debido proceso, por cuanto pese a haberse suscitado incidente de actividad procesal defectuosa, con los argumentos de no haber sido notificado correctamente y mientras se sustancie el mismo no dispuso dejar en suspenso el mandamiento de aprehensión en su contra, lo que significa una persecución indebida. En consecuencia, en revisión, corresponde determinar si cuanto se afirma, constituye o no un acto ilegal y lesivo de los derechos y garantía referidos, a fin de ratificar o revocar la decisión adoptada por el Juez de garantías, respecto a la tutela solicitada.
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.1.3. Petitorio
- a)
- denegó
- I.3.Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- Fragmento 9
- III.2. En caso de dilación del juez cautelar para restablecer las presuntas lesiones a derechos reclamados oportunamente, la acción de libertad se constituye en un medio idóneo para restablecerlos
- 2 de agosto de 2010;
- 12 de agosto de 2010
- REVOCAR