Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1266/2011-R
Fecha: 16-Sep-2011
APROBAR
El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción y competencia que le confiere el art. 3 de la Ley 040 de 1 de septiembre, que modifica el art. 4.I de la Ley 003 de 13 de febrero de 2010, en revisión, resuelve: APROBAR la Resolución 167/2010 de 14 agosto, cursante de fs. 19 a 21, dictada por el Juez Sexto de Sentencia del Distrito Judicial de La Paz; y, en consecuencia, CONCEDER la tutela solicitada, ordenando que de manera inmediata se fije día y hora de audiencia de consideración de cesación de la detención preventiva a favor de la accionante.
- I.1.1. Hechos que la motivan
- concediendo
- I.3.Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Del alcance y ámbito de protección de la acción de libertad
- celeridad,
- Fragmento 10
- III.3. Análisis del caso concreto
- El juez o tribunal que sea competente para conocer de un proceso penal, lo será también para decidir todas las cuestiones e incidentes que se susciten en el curso de su tramitación, así como para dictar las resoluciones respectivas y ejecutarlas'.
- APROBAR