SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1282/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1282/2011-R

Fecha: 26-Sep-2011

I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción

En uso de su derecho a la réplica expresó que, fue el Director Nacional de Recursos Humanos, quien despidió a su defendida, contando por ende con legitimación pasiva para ser demandado. Resultando “mentira”; por otra parte, que la accionante no hubiere dado aviso de su estado de embarazo, por cuanto tenía cinco meses de gestación y salía con permiso para ir a sus consultas, constando informes de ecografía de la Caja Petrolera de Salud (CPS) de 17 de diciembre de 2008. Finalmente, refirió que el DL 16187, prohíbe los contratos a plazo fijo; debiendo precisarse que, no existió un tercer contrato, siendo que el último fue hasta el 31 del referido mes y año, persistiendo en sus funciones por dos meses más, operándose la tácita reconducción a tenor del art. 21 de la LGT.