Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1289/2011-R
Fecha: 26-Sep-2011
I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
El accionante, amplió los fundamentos de la acción bajo el siguiente argumento: La acción de amparo va dirigida contra la Resolución de 7 de mayo emitida por la CNE, la misma que podía ser impugnada por el recurso de queja, conforme lo establece el art. 27 de la LPP; empero, por la naturaleza de dicho trámite este llevaría tres meses en ser sustanciado, lo que afectaría la pretensión y el daño seria irreparable. En consecuencia, cabe la excepción a la regla de subsidiariedad.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- 1)
- I.2.3. Intervención del Tercero Interesado
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre la legitimación activa
- o por otra a su nombre con poder suficiente
- I. Acreditar la personería del recurrente
- no tienen registro como militantes del partido político MNR
- APROBAR