SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1312/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1312/2011-R

Fecha: 26-Sep-2011

III. FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO

El accionante denunció la vulneración de sus derechos al debido proceso, a la propiedad privada y a la tutela judicial efectiva, en mérito a que la autoridad judicial demandada dentro de un proceso coactivo, iniciado por el Banco Económico en contra de varios particulares, entre ellos su padre, no se tomó en cuenta que el bien inmueble sobre el cual se dispuso su remate y desapoderamiento del 100% del mismo, era un bien ganancial, por lo que el 50% del mismo pertenecía a su fallecida madre, Rina Tórrez Maldonado de Ojalvo -a la cual representa en virtud de ser su heredero legal- que no fue notificada dentro del referido proceso coactivo, por lo que no procedía ni el remate como tampoco el desapoderamiento dispuesto; concluyendo que el Juez Undécimo de Partido en lo Civil Comercial del Distrito Judicial de Cochabamba, incumplió  los arts. 14 en sus parágrafos I, II y III, 8.II, 62, 63.I, 115 y 116 de la CPE; 1, 7 y 8 de la Declaración Universal de Derechos Humanos 8 y 25 de la CAHA; 21, 519 del CC; arts. 128 y 194 del CPC;  art. 241 de la LOJ Abrg; arts. 101, 102, 111, 112, 113 114, 116, del CF; art. 44 LTC. En revisión, corresponde analizar si la acción de cumplimiento presentada cumple o no con los requisitos para ingresar a analizar la problemática planteada y en su caso declarar la procedencia o no de la presente acción de cumplimiento.