SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1332/2011-R
Fecha: 26-Sep-2011
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante denuncia la vulneración de su derecho al debido proceso, vinculado al derecho de locomoción, aduciendo que dentro del proceso penal seguido en su contra, la Fiscal demandada pese a haber sido recusada, señaló audiencia de inspección ocular, que le fue notificada de manera personal; asimismo, advirtiéndole que si no concurría se le privaría de su libertad, pretendiendo llevar a toda costa audiencias investigativas pese a no existir control jurisdiccional, por cuanto la Jueza a cargo del control de la investigación, fue recusada a su vez por la parte querellante. En consecuencia, corresponde dilucidar en revisión, si tales extremos son evidentes, a fin de otorgar o denegar la tutela solicitada.
- Fragmento 1
- I.1.1. Hechos que la motivan
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.2.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- SC
- SC 0023/2010-R
- SC 0806/2010-R
- a) El acto lesivo, entendido como los actos ilegales, las omisiones indebidas o las amenazas de la autoridad pública, denunciados, deben estar vinculados con la libertad por operar como causa directa para su restricción o supresión; b) Debe existir absoluto estado de indefensión, es decir, que el recurrente no tuvo la oportunidad de impugnar los supuestos actos lesivos dentro del proceso y que recién tuvo conocimiento del mismo al momento de la persecución o la privación de la libertad»'.
- III.3. Análisis del caso de concreto
- APROBAR