SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1336/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1336/2011-R

Fecha: 26-Sep-2011

I.2.3. Intervención del tercero interesado

Con el uso de la palabra, el abogado del tercer interesado Winfried Schawarzkopf, refirió que los honorarios profesionales deben ser regulados en la medida en que el cliente haya sido beneficiado de una recuperación efectiva del crédito; y, hasta el momento en que patrocinó al accionante, no habría existido una recuperación efectiva, si bien existía una sentencia, la posterior persecución del remate se debió únicamente al pago de los honorarios profesionales; no pudiendo plantear otros recursos cuando estos ya fueron resueltos, existiendo identidad, y objeto correspondiendo la no concesión la tutela solicitada.