SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1336/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1336/2011-R

Fecha: 26-Sep-2011

III.2. Análisis del caso

De la atenta revisión de los antecedentes que cursan en el expediente remitido en consulta, se logra evidenciar que, el Auto de 11 de marzo de 2009, emitido por los demandados, si bien analizan de manera genérica la vulneración del orden público, en el que se encuentra comprendida la legítima defensa, la “seguridad jurídica” y el debido proceso, empero no exponen los motivos y las convicciones razonables respecto a los alcances de la cosa juzgada reclamada; es decir, la ejecutoria del Auto de 27 de febrero de 2004, por el cual el a quo regula el honorario del accionante, actuado que, como consta en antecedentes, fue ejecutoriado mediante Auto de 29 de mayo del mismo año y, por el contrario, de manera sutil, en el Auto de 11 de marzo de 2009, se limitan a mencionar que: “La violación a los derechos y garantías constitucionales produce la nulidad de obrados por su manifiesta ilegalidad, aunque el auto de 27 de febrero de 2004, fs.58, haya sido ejecutoriado por Auto de 29 de mayo de 2004, fs.64” (sic). Esta conclusión no expresa convicciones determinativas ni razonables respecto a la causa petendi del accionante, extrañándose los elementos configurativos establecidos en el Fundamento Jurídico III.1.3 de la presente Sentencia, lo que nos permite concluir que, no siguieron los lineamientos trazados en la Resolución del Tribunal de garantías de 13 de marzo de 2008, que específicamente resolvió que los demandados pronuncien nueva resolución siguiendo los lineamientos establecidos en dicha resolución constitucional, vulnerándose de esta manera, la garantía al debido proceso por ausencia de motivación y fundamentación.