SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1385/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1385/2011-R

Fecha: 30-Sep-2011

i)

William Quevedo Vega, Alcalde y Heber Pinto Dávalos, Asesor Legal, ambos del Gobierno Municipal de Colcapirhua del departamento de Cochabamba, autoridades demandadas, mediante informe presentado el 11 de septiembre de 2009, manifestaron que: i) La acción intentada, debe ser rechazada in limine, por cuanto la accionante, no ha observado los requisitos de contenido, como ser la notificación a terceros interesado, tal el caso del Jefe de Personal, quien fue la persona que realizó la denuncia por la cual se sustanció el proceso administrativo interno; ii) Falta legalización de la prueba presentada; y, iii) El proceso administrativo seguido a la accionante ha respetado todos sus derechos, dado que fue sometida a un debido proceso donde ella se pudo defender; por otro lado, el régimen de protección a la mujer establecida en la Ley de estabilidad de la mujer embarazada, no significa conceder inmunidad; en este caso la accionante ha cometido una serie de infracciones a la normativa municipal e instrucciones impartidas, razón por la que fue procesada.