Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1392/2011-R
Fecha: 30-Sep-2011
I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
El apoderado de la accionante estima vulnerados los derechos de su representada a sesionar, a la función pública, a la representación originaria campesina de su región, al trabajo, a la petición y al debido proceso, citando al efecto los arts. 24, 46, 115, 128 y 129 de la Constitución Política del Estado (CPE).
El apoderado de la accionante estima vulnerados los derechos de su representada a sesionar, a la función pública, a la representación originaria campesina de su región, al trabajo, a la petición y al debido proceso, citando al efecto los arts. 24, 46, 115, 128 y 129 de la Constitución Política del Estado (CPE).
- acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- 1)
- procedente" en parte
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.5.
- II.6.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre el derecho al ejercicio de la función pública
- III.2. Análisis del caso concreto
- Con relación a la convocatorias y al orden del día en las asambleas y órganos deliberativos
- Con relación a la remisión de antecedentes al Ministerio Público
- 1º APROBAR en parte
- 2º REVOCAR en parte,