SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1392/2011-R
Fecha: 30-Sep-2011
II.6.
II.6. A fs. 7 y 8, cursa fotocopia legalizada de la Resolución Municipal 38/2009 de 15 de abril, por la cual se aprueba los informes presentados por los miembros de la Comisión de Ética, y se ordena remitir a la brevedad antecedentes al Ministerio Público, además que en la misma se establece que el concejal Lucio Alá Loayza, debe pedir licencia indefinida por la honorabilidad del Concejo. Pues en obrados se refiere que existe una denuncia contra el citado Concejal por tentativa de violación.
II.6. A fs. 7 y 8, cursa fotocopia legalizada de la Resolución Municipal 38/2009 de 15 de abril, por la cual se aprueba los informes presentados por los miembros de la Comisión de Ética, y se ordena remitir a la brevedad antecedentes al Ministerio Público, además que en la misma se establece que el concejal Lucio Alá Loayza, debe pedir licencia indefinida por la honorabilidad del Concejo. Pues en obrados se refiere que existe una denuncia contra el citado Concejal por tentativa de violación.
- acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- 1)
- procedente" en parte
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.5.
- II.6.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre el derecho al ejercicio de la función pública
- III.2. Análisis del caso concreto
- Con relación a la convocatorias y al orden del día en las asambleas y órganos deliberativos
- Con relación a la remisión de antecedentes al Ministerio Público
- 1º APROBAR en parte
- 2º REVOCAR en parte,