Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0171/2012-RCA
Fecha: 10-Oct-2012
3) Acompañar la prueba en que funda su Acción o señalar el lugar en que se encuentra; en este último caso la jueza, juez o tribunal, al momento de disponer la citación de la persona o autoridad accionada, ordenada, ordenará a quien corresponda presentar la prueba señalada, bajo responsabilidad
3) Acompañar la prueba en que funda su Acción o señalar el lugar en que se encuentra; en este último caso la jueza, juez o tribunal, al momento de disponer la citación de la persona o autoridad accionada, ordenada, ordenará a quien corresponda presentar la prueba señalada, bajo responsabilidad
Asimismo, adjuntó como pruebas, fotostáticas legalizadas del memorial de interposición de las excepciones de incompetencia, prejudicialidad, falta de acción y atipicidad, de las Resoluciones 113/2011 y de 2 de julio de 2011, pronunciadas por la Sala Penal Primera y por el Juez Sexto de Instrucción en lo Penal respectivamente.
- Fragmento 1
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- I.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.3. Petitorio
- rechazó in limine
- II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN
- Fragmento 7
- Fragmento 8
- a) Exposición con claridad de los hechos
- 2) Indicar el nombre y domicilio de la parte demandada, o de su representante legal y el de los terceros interesados
- 3) Acompañar la prueba en que funda su Acción o señalar el lugar en que se encuentra; en este último caso la jueza, juez o tribunal, al momento de disponer la citación de la persona o autoridad accionada, ordenada, ordenará a quien corresponda presentar la prueba señalada, bajo responsabilidad