AUTO CONSTITUCIONAL 0173/2012-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0173/2012-RCA

Fecha: 10-Oct-2012

y que simplemente se le dio por notificado a través de los periódicos

Por otro lado, refiere a que ante el “desconocimiento de su paradero”, para su notificación, el art. 89 del referido Reglamento, es claro al establecer que para la citación, deberán publicarse edictos por dos veces, con intervalo de tres días, en un diario de circulación nacional; a razón de lo cual denunció que el cedulón correspondiente, nunca fue “pegado” en su domicilio y que simplemente se le dio por notificado a través de los periódicos, los que no guardaban coherencia, ya que en él figuraban los nombres de otros funcionarios más.