AUTO CONSTITUCIONAL 0180/2012-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0180/2012-RCA

Fecha: 31-Oct-2012

II.     FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN

El accionante, estima vulnerados sus derechos y garantías al debido proceso, a la defensa, a ser oído en juicio justo, a la “seguridad jurídica” contemplados en los arts. 115 y 117.I de la CPE; 10 de la DUDH y 8.1 del Pacto de San José de Costa Rica. En consecuencia, al haber sido declarada improcedente in limine la acción por el Tribunal de garantías; corresponde, que la Comisión de Admisión en revisión, dilucide si tal declaratoria se enmarca dentro de las previsiones de la Constitución Política del Estado y el Código Procesal Constitucional.