Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0778/2012-CA
Fecha: 01-Oct-2012
Tribunal Primero de Sentencia Penal de la ciudad de Cobija,
En consulta la Resolución de 25 de julio de 2012, cursante de fs. 19 a 20, pronunciada por el Tribunal Primero de Sentencia Penal de la ciudad de Cobija, por la que promovió de oficio la acción de inconstitucionalidad concreta, contra los arts. 90, 91 Bis y 344 Bis del Código de Procedimiento Penal (CPP), por presuntamente vulnerar el art. 117.I de la Constitución Política del Estado (CPE).
- Tribunal Primero de Sentencia Penal de la ciudad de Cobija,
- promovió de oficio
- del art. 90 del CPP
- el art. 91 Bis del mismo cuerpo legal
- 344 Bis señala; sobre el Procedimiento de Juicio Oral en Rebeldía
- II.2. De la acción de inconstitucionalidad concreta
- II.3. Requisitos de procedencia y contenido de la acción de inconstitucionalidad concreta, según la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.5. Análisis del caso concreto
- RECHAZAR