AUTO CONSTITUCIONAL 0813/2012-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0813/2012-CA

Fecha: 30-Oct-2012

a)

a)  En virtud del incumplimiento del art. 111 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional (LTCP), referido a que el mencionado procedimiento técnico administrativo se encuentra agotado en sede administrativa, emitiéndose la Resolución Ejecutiva 091 de 7 de agosto de 2012, a través del cual resuelve el recurso jerárquico que confirma en todas sus partes la resolución impugnada, por cuanto la misma se encuentra formulada posterior al agotamiento de dicha vía. Asimismo, el art. 15 del Código Procesal Constitucional (CPCo) tiene fijada una línea jurisprudencial en relación a los requisitos que de manera ineludible deben ser considerados a momento de formular las acciones de esta naturaleza, glosada en los AACC 096/2007-CA, 0025/2012 CA, y 0145/2012-CA.