estableciendo derechos, obligaciones y condiciones para la provisión de bienes, construcción de obras, prestación de servicios generales o servicios de consultoría
Así, el art. 5 inc. j) DS 0181 de 28 de junio de 2009, define al contrato administrativo como aquel “instrumento legal de naturaleza administrativa que regula la relación contractual entre la entidad contratante y el proveedor o contratista, estableciendo derechos, obligaciones y condiciones para la provisión de bienes, construcción de obras, prestación de servicios generales o servicios de consultoría” (el resaltado me corresponde).
- I.- ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- APRUEBA
- II.1. El contrato administrativo y el principio de buena fe
- estableciendo derechos, obligaciones y condiciones para la provisión de bienes, construcción de obras, prestación de servicios generales o servicios de consultoría
- Se presume el correcto y ético actuar de los servidores públicos y proponentes
- a)
- al igual que la accionante
- (conmociones civiles, huelgas, bloqueos, revoluciones, etc.)
- conjunto de requisitos que deben observarse en las instancias procesales, a fin de que las personas puedan defenderse adecuadamente ante cualquier tipo de acto emanado del Estado que pueda afectar sus derechos
- Los actos administrativos serán motivados con referencias a hechos y fundamentos de derecho cuando:
- REVOCAR
