SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1618/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1618/2012

Fecha: 01-Oct-2012

denegó

de septiembre de 2012, cursante de fs. 32 a 34, denegó la tutela con el argumento que si el accionante denuncia negligencia o desidia, debe acudir a la autoridad jurisdiccional, de persistir esta situación, corresponde tener en cuenta la norma adjetiva penal que le faculta interponer recurso de reposición para restablecer el proceso y de persistir, recién acudir a la acción de libertad, no estando permitido al accionante incumplir su deber de actuar con lealtad procesal, lo que no ha hecho el accionante.