SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1618/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1618/2012

Fecha: 01-Oct-2012

I.2.2. Informe de las autoridades demandadas

La autoridad demandada no asistió a la audiencia, ni presentó informe oral o escrito, sólo remitió una nota al Juez de garantías, señalando que remite a fs. 2, a conocimiento de la autoridad el expediente original, indicando expresamente que: “Asimismo a los fines legales que corresponda hacer conocer a su probidad que mi persona por motivos de carácter estrictamente personal se encontraba con permiso autorizado por el Consejo de la Magistratura del Distrito a partir del día 20 al 25 de agosto del año en curso inclusive”.